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date: 2026-08-24
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# Cómo licitar en la contratación pública: procedimiento paso a paso

Cómo licitar en la contratación pública | Ordenatec

La licitación pública es el procedimiento reglado por el que una empresa o profesional presenta una oferta para conseguir un contrato de una Administración o entidad del sector público en España, dentro del marco de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), y a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Licitación pública en España

| Marco legal | Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)[[1]](#fuente-1) |
| --- | --- |
| Directivas UE | 2014/23/UE y 2014/24/UE |
| Plataforma | Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) |
| Registro | ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas) |
| Clasificación | CPV (Vocabulario Común de Contratos Públicos) |
| Umbrales SARA | Obras 5.538.000 €; suministros y servicios 143.000-221.000 € (revisados cada 2 años)[[7]](#fuente-7) |
| Contrato menor | Obras < 40.000 €; suministros y servicios < 15.000 € (IVA excluido)[[1]](#fuente-1) |
| Garantía definitiva | 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido) |

## Qué es licitar en la contratación pública

Licitar es presentar una oferta a un contrato público convocado por una entidad del sector público. El proceso está regulado por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que transpone las directivas europeas 2014/23/UE y 2014/24/UE y fija los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia, no discriminación e igualdad de trato.[[1]](#fuente-1)

La contratación pública canaliza una parte muy relevante del gasto de las administraciones: obras, suministros de material, servicios de mantenimiento, consultoría, limpieza o seguridad. Cualquier empresa o profesional autónomo con capacidad de obrar y sin prohibición de contratar puede concurrir, siempre que acredite la solvencia o clasificación exigida en cada contrato.

El órgano de contratación publica las condiciones en un anuncio de licitación y en los pliegos. Los interesados presentan sus ofertas por vía electrónica dentro del plazo, y el contrato se adjudica a la oferta que mejor cumple los criterios previstos. Todo el rastro documental queda publicado, lo que permite el control y, en su caso, la impugnación.

## Requisitos previos: certificado digital y ROLECE

Para licitar hacen falta dos elementos técnicos básicos: un certificado digital o firma electrónica reconocida, imprescindible para operar en la Plataforma de Contratación del Sector Público, y la inscripción en el ROLECE, que permite acreditar los datos de la empresa sin aportar cada vez la documentación completa.[[2]](#fuente-2)

### Certificado digital

La presentación de ofertas es electrónica en la práctica totalidad de los procedimientos. La empresa necesita un certificado digital de persona jurídica o de representante, emitido por un prestador cualificado como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Con él se firma la oferta y se accede a la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), donde se descargan los pliegos y se envían los sobres electrónicos.[[3]](#fuente-3)

### Inscripción en el ROLECE

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) reúne los datos jurídicos, económicos y de solvencia de la empresa. Estar inscrito no es obligatorio con carácter general, pero sí lo es en el procedimiento abierto simplificado, y en la práctica agiliza mucho la concurrencia: sustituye a buena parte de la documentación administrativa. La inscripción es gratuita y se tramita ante la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado o los registros autonómicos equivalentes.[[2]](#fuente-2)

## Tipos de procedimiento de licitación en la LCSP

La LCSP regula varios procedimientos de adjudicación. Los más habituales son el abierto y el abierto simplificado, en los que puede participar cualquier empresa. Existen además el restringido, el negociado con y sin publicidad, el diálogo competitivo y la asociación para la innovación, reservados a supuestos concretos.[[1]](#fuente-1)

La elección del procedimiento depende del objeto, el valor estimado y las circunstancias del contrato. En el **procedimiento abierto** todo empresario interesado puede presentar oferta. El **abierto simplificado** reduce trámites y plazos para contratos de menor cuantía, y tiene una modalidad abreviada o «sumaria» para importes muy reducidos. En el **restringido**, la Administración selecciona primero a los candidatos que invitará a ofertar. El **negociado** permite negociar las condiciones y solo se usa en los casos tasados por la ley. El **diálogo competitivo** y la **asociación para la innovación** se reservan a contratos complejos o de I+D.

Junto a los procedimientos está el **contrato menor**, una figura simplificada para obras de importe inferior a 40.000 euros y para suministros y servicios inferiores a 15.000 euros, IVA excluido. No requiere licitación formal, aunque sí necesita informe de necesidad, aprobación del gasto y factura. Su duración no puede superar un año y no admite prórroga.[[1]](#fuente-1)

## Plazos de presentación de ofertas

Los plazos mínimos para presentar ofertas dependen del procedimiento y de si el contrato está sujeto a regulación armonizada (SARA). En el procedimiento abierto general, el plazo mínimo es de 35 días desde el envío del anuncio; el abierto simplificado reduce el plazo, y su modalidad abreviada lo acorta aún más.[[1]](#fuente-1)

Los plazos se cuentan en días naturales y arrancan desde la publicación o el envío del anuncio de licitación, según el caso. La tabla resume los plazos de referencia más comunes; los pliegos de cada contrato concretan el aplicable, que puede reducirse cuando concurren determinadas circunstancias, como la presentación electrónica de ofertas.

| Procedimiento | Plazo mínimo | Cómputo |
| --- | --- | --- |
| Abierto (contrato SARA) | 35 días naturales | Desde el envío del anuncio |
| Abierto (no SARA) | 15 días naturales | Desde la publicación en el perfil de contratante |
| Abierto simplificado | 15 días naturales (obras) / 15 días (servicios y suministros) | Desde la publicación del anuncio |
| Abierto simplificado abreviado | 10 días naturales (regla general) | Desde la publicación del anuncio |
| Contrato menor | Sin licitación pública | Tramitación directa |

**Aviso:** los plazos exactos y sus reducciones varían según el tipo de contrato, su carácter SARA y las condiciones del pliego. El plazo que vincula es siempre el fijado en el anuncio y en el pliego de cláusulas administrativas particulares de cada licitación, no la referencia general.

## Los pliegos: PCAP y PPT

Cada licitación se rige por dos documentos básicos: el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), que fija las condiciones jurídicas, económicas y de adjudicación, y el pliego de prescripciones técnicas (PPT), que describe qué se contrata y con qué características técnicas. Leerlos con detalle es el primer paso de cualquier oferta.[[1]](#fuente-1)

El **PCAP** concreta el objeto y el valor estimado, la solvencia exigida, los criterios de adjudicación y su ponderación, las garantías, los plazos, las penalidades y las condiciones de ejecución. El **PPT** detalla las prestaciones, los materiales, los niveles de servicio o los requisitos de calidad. Ambos son de obligado cumplimiento y prevalecen sobre el anuncio en caso de discrepancia. Antes de decidir si conviene presentarse, la empresa debe comprobar que cumple la solvencia y que puede ejecutar el contrato en las condiciones descritas.

## DEUC, solvencia y garantías

La oferta se acompaña del DEUC (Documento Europeo Único de Contratación), una declaración responsable de que la empresa cumple los requisitos; la acreditación completa se exige solo al licitador propuesto como adjudicatario. Además, hay que acreditar solvencia económica y técnica y, en su caso, constituir garantías.[[6]](#fuente-6)

### DEUC

El Documento Europeo Único de Contratación sustituye a la aportación inicial de certificados. Con él, la empresa declara que reúne las condiciones de aptitud, capacidad y solvencia y que no está incursa en prohibición de contratar. Solo quien resulta propuesto como adjudicatario debe presentar después la documentación acreditativa completa.[[6]](#fuente-6)

### Solvencia y clasificación

La **solvencia económica y financiera** se acredita, por ejemplo, con el volumen anual de negocios o un seguro de responsabilidad civil. La **solvencia técnica o profesional** se justifica con trabajos similares ejecutados, medios personales o materiales, o certificaciones de calidad. En determinados contratos de obras y servicios se exige, en lugar de la solvencia, una **clasificación** empresarial otorgada por la Administración.[[1]](#fuente-1)

### Garantías

La **garantía definitiva**, con carácter general del 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido), la constituye el adjudicatario para responder de la correcta ejecución. La **garantía provisional** es excepcional y, cuando se exige, no puede superar el 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido. Ambas pueden constituirse en metálico, mediante aval o por seguro de caución.[[1]](#fuente-1)

## Criterios de adjudicación

El contrato se adjudica a la oferta con mejor relación calidad-precio, valorada según los criterios del pliego. Estos criterios pueden ser económicos (precio o coste) y cualitativos (calidad técnica, plazo, criterios medioambientales o sociales), y su peso relativo se publica de antemano.[[1]](#fuente-1)

La LCSP prioriza la relación calidad-precio frente a la adjudicación por precio más bajo. Los criterios se dividen entre los evaluables mediante fórmulas automáticas (como el precio) y los que dependen de un juicio de valor (como la memoria técnica), y en muchos contratos se abren en sobres separados para preservar la objetividad. Cuando una oferta resulta anormalmente baja, el órgano de contratación debe pedir justificación antes de aceptarla o rechazarla.

**Preparar una oferta pública requiere método**
En Ordenatec ayudamos a empresas y autónomos a identificar licitaciones, revisar los pliegos y presentar ofertas conformes a la LCSP. Puedes consultar el servicio en [ordenatec.org](https://ordenatec.org/).

## Errores comunes al licitar

La mayoría de exclusiones no se deben a la calidad técnica de la oferta, sino a defectos formales: presentar fuera de plazo, firmar mal los sobres electrónicos, no cumplir la solvencia exigida o rellenar el DEUC de forma incompleta. Revisar el pliego evita casi todos.[[1]](#fuente-1)

- **Presentar fuera de plazo.** El sistema cierra automáticamente; no hay margen tras la hora límite del anuncio.
- **Errores en la firma o en los sobres electrónicos.** Un certificado caducado o un documento sin firmar puede invalidar la oferta.
- **No acreditar la solvencia.** Concurrir sin cumplir los requisitos del PCAP conduce a la exclusión.
- **Incluir información del sobre técnico en el económico** o al revés, lo que puede motivar el rechazo por vulnerar el secreto de las proposiciones.
- **Ignorar las condiciones de ejecución** del PPT y ofertar un precio inviable, con riesgo de baja anormal.

**Recurso especial:** en los contratos sujetos a regulación armonizada y otros supuestos, cabe interponer un recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales o el órgano autonómico equivalente, con carácter previo a la vía judicial.[[1]](#fuente-1)

## Preguntas frecuentes sobre cómo licitar

### ¿Puede un autónomo licitar en la contratación pública?

Sí. Cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar, que no esté incursa en prohibición de contratar y que acredite la solvencia exigida, puede presentar ofertas, incluidos los trabajadores autónomos.

### ¿Es obligatorio estar en el ROLECE para licitar?

No con carácter general, pero sí en el procedimiento abierto simplificado. En el resto de procedimientos no es obligatorio, aunque agiliza la presentación de documentación.

### ¿Qué certificado digital necesito?

Un certificado de persona jurídica o de representante emitido por un prestador cualificado, como la FNMT. Con él se firma la oferta y se opera en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

### ¿Dónde se publican las licitaciones públicas?

En la Plataforma de Contratación del Sector Público y en los perfiles de contratante de cada entidad. Los contratos SARA se publican además en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

### ¿Qué es un contrato SARA?

Es un contrato sujeto a regulación armonizada, es decir, que supera los umbrales económicos fijados por la Unión Europea y queda sometido a reglas comunitarias adicionales de publicidad y recurso.

### ¿Cuánto cuesta presentarse a una licitación?

Presentar la oferta no tiene tasa. Los costes son indirectos: el certificado digital, la preparación técnica de la oferta y, si se resulta adjudicatario, la garantía definitiva del 5 % del importe de adjudicación.

### ¿Qué diferencia hay entre el PCAP y el PPT?

El PCAP fija las condiciones jurídicas, económicas y de adjudicación; el PPT describe las características técnicas de lo que se contrata. Ambos son de cumplimiento obligatorio.

### ¿Qué pasa si mi oferta es anormalmente baja?

El órgano de contratación pedirá que se justifique su viabilidad. Si la justificación no es suficiente, la oferta puede ser rechazada.

## Fuentes

1. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Boletín Oficial del Estado. [boe.es](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902)
2. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE). Ministerio de Hacienda. [hacienda.gob.es](https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Contratacion/Junta%20Consultiva%20de%20Contratacion%20Publica%20del%20Estado/Paginas/ROLECE.aspx)
3. Plataforma de Contratación del Sector Público. Ministerio de Hacienda. [contrataciondelestado.es](https://contrataciondelestado.es/)
4. Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre contratación pública. [eur-lex.europa.eu](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0024)
5. Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV). Sistema SIMAP, Comisión Europea. [simap.ted.europa.eu](https://simap.ted.europa.eu/es/web/simap/cpv)
6. Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7, formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC). [eur-lex.europa.eu](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32016R0007)
7. Umbrales de los contratos sujetos a regulación armonizada. Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, Ministerio de Hacienda. [hacienda.gob.es](https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Contratacion/Junta%20Consultiva%20de%20Contratacion%20Publica%20del%20Estado/Paginas/umbralescomunitarios.aspx)

**Sobre Ordenatec** — Ordenatec es una consultora especializada en contratación pública que acompaña a empresas y autónomos en la búsqueda de licitaciones, el análisis de pliegos y la preparación de ofertas conforme a la LCSP. Contenido informativo de carácter general; no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto. Última revisión: agosto de 2026.
